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AR-SA">Es importante destacar que para la Dirección de Tránsito y Transporte
Público de la Municipalidad de Tomé, esta educadora diferencial es la primera
postulante con discapacidad auditiva que solicita licencia de conducir, por lo
que los funcionarios a cargo debieron adaptarse a la situación para respetar la
normativa. </span>
La
Municipalidad de Tomé dio un paso más en términos de inclusión en la gestión
municipal al entregar la primera licencia de conducir a una usuaria con
discapacidad auditiva. Se trata de Valeska Damaris Castro Palma, Técnico en
Educación Diferencial, domiciliada en la localidad de Dichato.
Valeska
Castro aprobó todas las etapas como cualquier postulante, y de acuerdo al marco
legal, se le permitió la compañía de un intérprete en lengua de señas para
comprender a cabalidad las instrucciones de los examinadores y el médico
psicotécnico. Tanto en los exámenes teóricos y práctico, como en el examen
médico, la usuaria demostró sus conocimientos y aptitudes para quedar
habilitada como conductora, ya que la Ley de Tránsito; la Convención de
Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada
por Chile el año 2008; la Ley Nº 20.422 que establece normas sobre igualdad de
oportunidades e inclusión de personas con discapacidad y La Ley Nº 20.609 del
año 2012 que establece medidas contra la discriminación concluyen que no existe
limitación para las personas en situación de discapacidad auditiva para rendir
examen de conducción y ser titulares de licencia de conducir.
Es
importante destacar que para la Dirección de Tránsito y Transporte Público de
la Municipalidad de Tomé, esta educadora diferencial es la primera postulante
con discapacidad auditiva que solicita licencia de conducir, por lo que los
funcionarios a cargo debieron adaptarse a la situación para respetar la
normativa, lo que además impone al municipio seguir implementando acciones,
como las capacitaciones básicas en lengua de señas que se vienen desarrollando
desde hace algún tiempo para atender en mejores condiciones y garantizar, tal
como lo indican las leyes mencionadas anteriormente, el acceso a los servicios
municipales de personas en situación de discapacidad.